Diferencia hora complementaria y extraordinaria?

Diferencia hora complementaria y extraordinaria?
26 Jan 11, 14:38
Miércoles, 26 de Enero de 2011, 14:38:22
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              Hola a tod@s! me gustaría mucho si alguien me pudiera ayudar con este tema.
        Soy adjunta en una farma que está al lado de un centro de salud y abrimos de 9-14 y de 16,30-8. La farmacéutica titular por las tardes no va nunca y por las mañanas a veces y entre lo del centro de salud, las recetas y que somos una de las farmacias más gordas de mi ciudad en cuanto a formulación magistral os podéis imaginar...estoy bastante estresada.
        Yo estoy todo el horario que estamos abiertos, excepto la última media hora, así que hago las 8 horas reglamentarias. Resulta que hay dos auxiliares que se turnan en cuanto a esa media hora de más, por lo que yo normalmente cuando me voy se queda un auxiliar y el marido de la jefa (que sólo hace labores de gestión).
        Resulta que ha habido bastantes días en los que, por unas u otras causas, no han venido ni la jefa ni su marido, por lo que yo he tenido que trabajar esa media hora de más (tampoco tiene mucho sentido porque normalmente cuando me voy la farmacia queda sin farmacéutico y el jefe se queda simplemente como una ayuda en caso de que en esa media hora entrara mucha gente a la farmacia, para salir a atender).
        A raíz del nuevo convenio mi pregunta es: esas "medias horas" que he hecho de más son horas complementarias u horas extraordinarias? Según tengo entendido las horas complementarias son las que exceden la jornada ordinaria por ejemplo en una guardia, y las extraordinarias son las que se hacen de más por alguna causa que no sea una guardia.
       Muchísimas gracias de antemano por vuestra atención y ayuda!
       
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26 Jan 11, 17:16
Miércoles, 26 de Enero de 2011, 17:16:19
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 Lo que tú haces son horas extras y no complementarias. Las horas complementarias son aquellas que se dan en los contratos indefinidos a jornada parcial. Es decir,como no llegas a las 1700 y pico horas que son las que establecen para una jornada completa anual por convenio, se te abonan como hora ordinaria (complementaria).

 En tu caso, como tienes jornada completa, debe abonartelas como extras o en su defecto llegar a un acuerdo para bonificartelas en tiempo libre.

 Saludos.
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26 Jan 11, 20:21
Miércoles, 26 de Enero de 2011, 20:21:43
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Muchas gracias, Vitamina! es que tengo que decírselo a mi jefa ya, pero me da a mí que nanay...bueno, yo por lo menos se lo digo y si me dice que no entonces me negaré a hacer esa media hora que le hago de favor, jeje es mi única arma!
Gracias otra vez!
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