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Sueldo... pagas extras... q lio!!!
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Almagato:
Lo primero queria pedir perdon porque quiza este tema ya este hablado en el foro, pero ya me puse a leer algun otro tema parecido y la verdad es que no me enteraba muy bien, asi que espero que alguien me pueda solucionar mis dudas directamente en mi post.
El año pasado en verano trabaje 15 dias en una farmacia de lunes a viernes 3h y media al dia y en otra, otros 15 dias, de lunes a viernes 5h al dia.
Al ser la primera una farmacia de una amiga conocida de mi madre ni pregunté el sueldo que me iban a pagar, y la segunda, por referencias de una amiga tampoco. vamos, que fui, trabajé, cobré y me fui.
Ahora este verano también tenia pensado buscar algo asi, y ahora mirando a fondo esos dos contratos es donde vienen mis dudas (quiza dudas tontas, pero la verdad es que como soy primerizo en esto, no tengo mucha idea de nada)
Mirando ambos contratos veo una zona que pone devengos y otra deducciones. luego justo abajo pone "liquido total a percibir" que la resta de uno y de otro y que recuerdo que es lo que yo cobré
Luego mi gran duda viene en que en la primera farmacia que nombré hay un folio que su encabezado es "recibe de saldo y finiquito" en el que tambien me dieron un dinero por CONCEPTOS "verano", "navidad", "beneficios", "vacaciones", (siendo de los 4 anteriores la misma cantidad) y "indemnizacion" (como 3 veces menos que los anteriores). La suma de esos 5 conceptos, menos algo de deducciones (IRPF) fue un dinero que también recibi.
En la segunda farmacia lo mas parecido a este folio que os acabo de contar, es uno pero que solo tiene un concepto que es "liquidacion vacaciones" con la misma reduccion por el 2% de IRPF y ese dinero también lo recibi. Pero claro, ahi esta mi gran duda... porque en una farmacia me dan tb dinero en concepto de veano, navidad, vacaciones, beneficios e indemnización, y en la otra solo vacaciones (siendo claro, menos de la tercera parte de la suma de los 5 conceptos de la primera farmacia...)
Espero que no haya resultado muy lioso todo esto, alguien que tenga un poco de idea a ver si me puede solucionar mi duda, si esta bien, o que farmacia lo ha hecho mal, tanto si ha sido bueno para mi o malo
muchas gracias
boticaria85:
Hola!!
He tardado un poco el leerlo, pero creo que me he enterado jeje!! A ver, tienes que saber dos cosas de los contratos que te hicieron: 1) Si eran indefinidos o por tiempo determinado (en plan 1 mes, dos meses o los 15 días que trabajaste); y 2) Si en tus nominas aparecían las pagas prorrateadas o no.
Por lo que veo, y la unica explicación que le saco es: 1) Que el primer contrato, fuera idefinido y sin pagas prorrateadas en la nomina, con lo cual te corresponde en la liquidacion: "indemnización" (por despido improcedente con contrato indefinido): "pagas" (verano, beneficios y navidad, al no tenerlas prorrateadas en la nomina); y "vacaciones" (por que imagino que en 15 días no las disfrutaste). Y 2) Que el segundo contrato fuera por tiempo determinado (con lo cual en la liquidación no hay "indemnización") y además te prorratearon las pagas en la nomina de esos 15 días. Por tanto en la segunda liquidación solo te corresponden las vacaciones no disfrutadas.
Espero haberlo entendido bien, y sobre todo haberte sido de alguna ayuda.
Un saludo
Almagato:
--- Cita de: boticaria85 en Viernes, 13 de Mayo de 2011, 17:39:26 ---Hola!!
He tardado un poco el leerlo, pero creo que me he enterado jeje!! A ver, tienes que saber dos cosas de los contratos que te hicieron: 1) Si eran indefinidos o por tiempo determinado (en plan 1 mes, dos meses o los 15 días que trabajaste); y 2) Si en tus nominas aparecían las pagas prorrateadas o no.
Por lo que veo, y la unica explicación que le saco es: 1) Que el primer contrato, fuera idefinido y sin pagas prorrateadas en la nomina, con lo cual te corresponde en la liquidacion: "indemnización" (por despido improcedente con contrato indefinido): "pagas" (verano, beneficios y navidad, al no tenerlas prorrateadas en la nomina); y "vacaciones" (por que imagino que en 15 días no las disfrutaste). Y 2) Que el segundo contrato fuera por tiempo determinado (con lo cual en la liquidación no hay "indemnización") y además te prorratearon las pagas en la nomina de esos 15 días. Por tanto en la segunda liquidación solo te corresponden las vacaciones no disfrutadas.
Espero haberlo entendido bien, y sobre todo haberte sido de alguna ayuda.
Un saludo
--- Fin de la cita ---
muchas gracias por tu respuesta!!!
ahora me pondre a leerlo con detenimiento para intetar entender todo lo que me has explicado!!
muchas gracias de nuevo!
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