Inspecciones de Hacienda sobre los traspasos

Inspecciones de Hacienda sobre los traspasos
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17 Nov 14, 13:39
Lunes, 17 de Noviembre de 2014, 13:39:50
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Hola a todos.
He oído que Hacienda está revisando traspasos de oficinas de farmacia de los últimos años, porque no se tragan precios que "consideran" por debajo del valor, y está multando a compradores y vendedores al pago de impuestos, por el "supuesto" valor real que considera hacienda, de la farmacia que se vendió.
Sólo me gustaría saber si hay algún comprador o vendedor que se haya visto afectado por esto en primera persona, si quiere arrojar un poco de luz a esto..
Yo no tengo datos de primera mano, por eso os lo planteo.
Saludos
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17 Nov 14, 15:19
Lunes, 17 de Noviembre de 2014, 15:19:37
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Esta noticia es un poco interesada porque el que compra necesita declarar todo para la declaración de hacienda. De todos modos si haces el favor puedes poner el enlace de la noticia para saber de donde viene?
Gracias.
PD: Lo que hacienda no se tiene que creer es el precio que se paga por algunas ruinas :=B:
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17 Nov 14, 17:46
Lunes, 17 de Noviembre de 2014, 17:46:58
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Tema delicadito
Conozco un caso de primera mano, y con documentación, lo que buscan y exigen son los contratos privados de compraventa , para ver la cantidad fijada,  el precio de la escritura  ya lo saben.

sin mas
Saludos
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17 Nov 14, 23:50
Lunes, 17 de Noviembre de 2014, 23:50:47
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JAJAJA! :lol: ¿Es un chiste no? Osea que las inspecciones son porque no se creen que se esten vendiendo tan baratitas¿ no? Que los traspasos se estan haciendo a precio de ganga vamos!
Inspecciones de ese tipo ha habido siempre y siempre las habrá, y pienso que de forma aleatoria a no ser que sea un cantazo de operación, pero vamos que con la que está cayendo no creo que desde hacienda esten muy extrañados por los precios de traspaso en general.
Yo si fuera hacienda me preocuparía más quizas lo contrario,¿ como se pueden estar llevando a cabo algunas operaciones..?.¿No será dinero negro como el que iba antes a la construccion?
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18 Nov 14, 11:45
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 11:45:48
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Buenos dias;

 A mí también  me sorprende lo de las inspecciones por el precio de la compra-venta por ser bajos... básicamente porque generalmente el precio se pone en función de la caja y no de lo declarado... me explico.

 Operaciones en las que el vendedor deja de declarar una parte de la caja se venden  por el total de ventas (una declaración jurada de ventas apoyada en un resúmen de caja, práctica que sorprendentemente está aceptada por muchos bancos), de manera que el ratio respecto a las ventas declaradas es mucho más alto... 

 Obviamente al comprador le interesa declararlo todo porque así tiene más importe a amortizar (que por otro lado lo tiene que pagar igualmente), por lo tanto, el principal benefactor de estas prácticas es el vendedor.

 A ver si alguien nos cuenta algo de primera mano.
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18 Nov 14, 12:13
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 12:13:57
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Flexomático, ¿me estás diciendo que los bancos se creen las ventas no declaradas?..
Yo pensaba que los préstamos, los daban en base a las ventas declaradas.
Nunca te acostarás sin saber algo mas!!!
Saludos
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18 Nov 14, 12:36
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 12:36:15
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Por si no lo sabeis, Hacienda tiene un truquito , que viendo las compras, te calcula las ventas.
Asi que poca historia tiene esto, y s los bancos lo  aprueban (cosa que dudo tal y como esta el asunto,aunque ya nada me sorprende )  , pues muy bien
Cuando habláis de esto, tenéis en cuenta ,el incremento patrimonial del vendedor??
Ya lo comente delicadito.
saludos
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18 Nov 14, 14:22
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 14:22:43
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Por partes.

1) Hecha la ley, hecha la trampa. Conozco la fórmula que aplica hacienda (yo también la aplico como parte de mis cálculos con cada una de las farmacias), el caso es que debe haber maneras de saltarse estos "controles", porque el hecho objetivo es que en el 70% de las farmacias que he visto hay una diferencia suficientemente significativa como para decir que se está "escapando algo".

2) La mayor parte de los bancos aceptan un "pantallazo" del programa de gestión de la farmacia de las ventas del curso anterior con declaración jurada del vendedor... desconozco si a la hora de firmar (aparte del resto de la documentación... IRPF, 130 y 347) hay algún requisito más, pues desgraciadamente por más que lo he intentado no he llegado a ese punto. Pero al menos, para ver la viabilidad de la operación lo usan. Vamos, que aceptan que hay parte de la facturación bajo cuerda.

3) Legal, no sé a qué te refieres con si hemos tenido en cuenta el incremento patrimonial del vendedor... supongo que si ya lo tiene todo amortizado le tocará tributar por lo declarado, por lo tanto,cuanto más caro sea el traslado más tendrá que tributar. Pero al igual que al vendedor le da igual las "visicitudes" que el comprador tiene para financiarse, a mí, como comprador, me la "trae al pairo" la tributación a la que se vea sometida el que vende.

Un saludo
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18 Nov 14, 15:06
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 15:06:08
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Los bancos solo miran si el que compra tiene capacidad de pago de las cuotas de la hipoteca. Les da igual blanco, que negro que azul. Gracias a dios ellos son los que ham empezado a "parar" las operaciones rocambolescas de factores 2 y por encima que se traspasaban en los tiempos de la burbuja...
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18 Nov 14, 15:30
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 15:30:12
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Si, tienes razón... pero para calcular esa capacidad de reembolso tienen en cuenta la declaración jurada de las supuestas "ventas reales",   no con la facturación declarada...
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18 Nov 14, 18:23
Martes, 18 de Noviembre de 2014, 18:23:31
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Veamos flexomatico , intentare explicarlo tal y como yo lo veo.
Si conoces la formula que hacienda aplica  sabras que si la aplicas y hay diferencias   el resto se va a existencias y te aseguro que las cuentan, y como las tienes en el programa simplemente las pasan a un pen y ya te avisaran ,asi que hecha la ley hecha la trampa, de eso nada, es insignificante la diferencia si se escapa, ademas solicitan a las distribuidoras tus compras y tu ni te enteras.
por cierto las existencia se pagan de manera independiente del valor de la farmacia y tambien se ponen en la escritura

Desde luego si los bancos aceptan un pantallazo , para dar un prestamo de este calibre dime que bancos son, mañana les preparo 500 pantallazos en serio les vale una declaracion jurada???
Aunque conozco algunos directores de entidades , que les hablas del fondo de comercio y te dicen  CUALO?
¿Como dices que les vale un pantallazo del curso anterior   (no te piden mas cursos anteriores????? )y no sabes si necesitas algo mas de datos para firmar...................................................

Con lo del incremento patrimonial que dices, me remito a tu comentario anterior, "que el principal beneficiado es el vendedor..........................................
Intentare explicarlo para que se tenga en cuenta   El incremento patrimonial es la diferencia entre lo que le costo la farmacia al vendedor y por lo que la vende, eso tributa al 21%

Solo es como veo las cosas.
Sobre lo que comento en el tercer apartado de este post  lo dire mas claro la M con la O  MO la T con la O     TO y todo junto  AMOTO
saludos
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19 Nov 14, 11:40
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 11:40:15
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A ver Legal, te lo voy a explicar "como yo lo veo" (y creo que como es).

 Desconozco el modus operandi que se debe seguir para tener una facturación mayor a la declarada, pero sin haberme visto en situación y solo contando con la teoría, se me ocurren muchas maneras de crear estas diferencias (bonificaciones, pedidos a laboratorios de menos de 3000€ anuales que no hay que declarar, devoluciones a proveedor...).  Con lo de las existencias estoy de acuerdo.

 Ya te he dicho que desconozco qué requisitos piden a término, pero para estudiar la viabilidad te puedo decir 2 entidades que aceptan estos pantallazos con declaración jurada. Prepárales 500 pantallazos y así te quedas agusto. Esto lo digo basado en mi experiencia, que llega hasta donde llega, y es a tener un OK pre-paso por riesgos del banco (si pudiera detallarte todos estos puntos implicaría que ya he comprado farmacia... y no es el caso lamentablemente). Piden los IRPF, 130 y 347 de los 2-3 cursos anteriores, tus nóminas... pero para calcular el importe a hipotecar usan las ventas del año anterior... SI, solo las del curso anterior. Si dudas llama y pregunta.

 Lo del incremento patrimonial, desde mis cortos conocimientos creo que te equivocas. Esa diferencia se tiene en cuenta si la persona no ha amortizado lo que pagó por el fondo de comercio de la farmacia (y dudo que alguien no haya amortizado nada o solo una parte, pues implica exenciones tributarias muy interesantes y que hacen que una persona que se hipoteca para adquirir una farmacia tenga números positivos). Si ha amortizado TODO lo amortizable de ese fondo de comercio el vendedor tributa el 21% de TODO el fondo de comercio, es decir, de todo lo que ingresa... por eso el único beneficiado es el vendedor al meter una parte de la operación en B. El vendedor tributa menos (paga menos) y el comprador se ve perjudicado pues puede amortizar menos importe, pues lo que se paga en B no consta en la escritura ni en la hipoteca y no se puede hacer constar en el IRPF.

 Lo de la "AMOTO" no lo entiendo (he de decir que me ha costado bastante entender tu mensaje). Las "amotos" nos las venden los intermediarios, y los vendedores que piensan que tienen una mina de oro, cuando lo que tienen a día de hoy es un negocio amenazado que requiere mucho trabajo y dedicación que muchos de los que han vivido épocas mejores no están dispuestos a dedicarles y piden precios en función de lo que vivieron y no de lo que viven.

 A ver con qué me sorprendes ahora...
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19 Nov 14, 15:09
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 15:09:01
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flexomatico.... El primer farmaceutico que coge la calculadora antes de comprar la farmacia... hurra!!! :-)
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19 Nov 14, 16:04
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 16:04:34
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FE. Me ofrezco voluntario para que me incluyas en alguno de tus negocios!
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19 Nov 14, 17:21
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 17:21:47
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Antes de comenzar , flexomatico te dire que la prudencia no es una de tus virtudes.
No pienso sorprenderte con nada , solo intento explicar cosas que desconoces

En primer lugar doy fe de tu desconocimiento de los temas que planteas,

1.- Dices: literal  " contando con la teoria ,se me ocurren muchas maneras de crear esas diferencias, pedidos a laboratorios de menos de 3000 € QUE NO HAY QUE DECLARAR"
la verdad es que me cuesta explicar esto, pero ahi va  ¿ Como que los pedidos a laboratorios de menos de 3000 E no se declaran, en todo caso no se incluyen en el modelo 347, pero como no se van a declarar si son un gasto,   (Sin mas comentarios)

2.- no tengo que llamar, para decirte que estas equivocado, y efectyivamente veo que no has pasado de los pantallazos. Tu mismo te contestas cuando dices pre paso por riesgos, si haces eso , solo pierde el tiempo el del banco y tu , ya que el director no pasara a Riesgos los pantallazos, (por la cuenta que le trae)

3.-Lo del incremento patrimonial, no tiene desperdicio, tu mismo te has liado, segun tu definicion"       
es literal " Si el vendedor ha amortizado todo lo amortizable de ese fondo de comercio, el vendedor tributa el 21 % de todo el fondo de conmercio, es decir de todo lo que ingresa""     ( Lo dicho )

Como veo que no entiendes lo de Amoto, te lo dire mas claro "Blanco y en Botella"
cuando digo que piden el contrato privado de compraventa, pues la escritura ya la tienen............
(Lo pillas) Estamos hablando de Hacienda , no de si los vendedores son así o asao

Solo decir para terminar, que siempre intento ayudar, y por eso planteo un tema , que seguro dominas y es el siguiente. He comprado una farmacia hace 5 años  y estoy amortizando la inversion, pero me ha salido un comprador, y al final decido vender  la farmacia
¿ Que pasa con lo que resta de amortización?
¿ Que ocurre con lo que ya he amortizado?

saludos







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19 Nov 14, 18:19
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 18:19:58
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A ver Legal... que veo que te gustan mucho los deberes. Yo no soy del grupo de "yo sé más que tú"... y cualquier aclaración que me hagas  será bienvenida. Lo único que digo es:

1.- Vale que los pedidos que se hacen a laboratorio de menos de 3000€ se declaran como gasto, pero el hecho de que no se reflejen detalladamente en el 347 da lugar a que te puedan "bailar los números". Pero te lo acepto, no se puede con estos pedidos. ¿Qué me dices de aquellas cosas que omites en tu mensaje?¿Bonificaciones?¿Devoluciones a proveedor?Te diré que yo no lo hago y no sé si lo haré... pero que se puede hacer te lo garantizo viendo que en el 70% de farmacias que he visto lo hacen (y no he visto 2 o 3).

2.- En algunos de los bancos visitados lo aceptan... y los mediadores apoyan esta práctica pues ha habido algún caso en el que el plan de viabilidad según mi estructura financiera solo salía teniendo en cuenta los datos de los famosos pantallazos. Pero si tú dices que al llegar a riesgos no vale... TE CREO. Si algún dia llego a termino te llamo y te cuento lo que ha pasado.

3.- Con lo que ya no trago es con lo de la amortización. Si lees detenidamente lo que he escrito (aunque reconozco que aparecen mucho "fondo de comercio" y varias variantes de "amortizar") tiene todo el sentido. Me explico. Si tu compras un fondo de comercio HOY por un millón de euros y lo vendes mañana por un millón de euros tu incremento patrimonial es CERO. Tendrás tributos derivados de la operación y demás, pero no habrá incremento patrimonial. En la misma situación, si pasados 12 años (suponiendo una amortización acelerada del 7'5%), tras haber amortizado todo lo correspondiente al millón de euros que costó el fondo de comercio, la vendes por un millón de euros... tu incremento patrimonial será de un millón de euros... y te tocará "chinchar" 210.000€ a la agencia tributaria (que dicen que somos todos).
Estamos de acuerdo? Así que cógete los dos extremos y te resuelves tú mismo el ejercicio que me has puesto de tarea.

 Lo del contrato de compraventa privado supongo que se podrá "apañar". Yo no he comprado nunca una farmacia pero he comprado algún que otro vehículo, y al menos hasta hace unos años, para pagar menos en hacienda se hacían 3 contratos. 2 iguales para comprador y vendedor con los datos reales, y uno con un precio más bajo para presentarlo en hacienda y que el valor fiscal del vehículo fuese el menor posible (pagando menos impuesto de transmisión de patrimonio). Ni hacienda ni perry te puede decir que no vale un  precio siempre que no sea una cosa irrisoria... aunque desconozco si el "apaño" en el mundillo de las farmacias se haría así o asao, seguro que hay manera (aunque, REPITO, el único beneficiado es el vendedor en este caso)

Un saludito.
Utiliza tu propia quimica
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19 Nov 14, 19:04
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 19:04:48
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Para terminar este asunto.
Con lo de los contratos , veo que sigues sin pillarlo,
Te contesto con lo de las bonificaciones y devoluciones , Se aplican como menos compras.logicamente.  Los números no bailan si sabes lo que mirar, y preguntar
Con lo del incremento , en casos de farmacia no puedes comprar hoy por un millon y vender mañana por lo mismo, sencillamente no se puede.  Por cierto con el ejemplo que has puesto no,no puedo estar de acuerdo, miralo bien..
El tema de los deberes , no es para que los resuelvas , es un planteamiento que suele darse, y que poca gente cae en ello.

Y eso que solo escribí tres renglones , sobre lo que pide hacienda,
Yo no soy del grupo se mas que tu, si algo es erróneo lo digo, pero si a quien lo ha dicho le sientan mal las correcciones...................Por cierto me has dado la razon casi en todo.

saludos
 
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19 Nov 14, 19:26
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 19:26:23
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A ver Legal, yo no me pico por nada. No me molesta nada de lo que has dicho, y si así ha sido te invito a una caña y lo arreglamos. Pero es que no me aclaras nada. Eres impreciso. Mira, uso el sistema de citas que te gusta:

 - "Con lo de los contratos , veo que sigues sin pillarlo"... explicamelo como para que hasta yo lo entienda.
-  "Te contesto con lo de las bonificaciones y devoluciones , Se aplican como menos compras.logicamente.  Los números no bailan si sabes lo que mirar, y preguntar". ¿Qué preguntan y qué miran? Y si es tan fácil pillarlo, ¿Cómo es que no pillan a ninguno de estos que te digo que les he visto los números?
- "Con lo del incremento , en casos de farmacia no puedes comprar hoy por un millon y vender mañana por lo mismo, sencillamente no se puede.  Por cierto con el ejemplo que has puesto no,no puedo estar de acuerdo, miralo bien..". ¿Por qué en caso de una farmacia no puedes comprar hoy y vender mañana? Aunque yo no he dicho si se puede o no, simplemente he dicho que en ese ejemplo no se habría amortizado nada. Ponte que vendes en lugar de un día para otro en los mismos 10 años, que el ejemplo me vale igual. Y no sé donde tengo que mirar bien... Explicamelo.

Al igual que tú, si yo veo que no tienes razón lo digo, y no me enfado aunque te lo haya parecido... lo único que no me estás siendo didáctico. Yo lo estoy intentando (procuro escribir lo que sé, o creo que sé de manera organizada).

Un saludo!

Utiliza tu propia quimica
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19 Nov 14, 22:38
Miércoles, 19 de Noviembre de 2014, 22:38:30
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Que nervioso estás legal!!! suerte con la venta de la farmacia.
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20 Nov 14, 00:48
Jueves, 20 de Noviembre de 2014, 00:48:54
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Creo que tanto Legal como flexomatico os confundis:

1.- con respecto a las compras por debajo de 3000 euros al no declararse en el 347 se pueden esconder mas facil de la contabilidad  y asi evitar la cuota tributaria. Tened en cuenta que mas que las zetas de las cajas Hacienda mira las compras y si compras menos de 3000 euros "sin factura" a un proveedor ni tu ni la otra parte lo va a declarar a Hacienda. Es un truco muy manido del sector a final del año fiscal.

2.- con respecto a lo que mira el banco, repetiros que el banco en el fondo no mira nada ni negro ni blanco solo capacidad de pago y patrimonio personal. Mucha gente se confunde porque piensa que le estan mirando las cifras del negocio que va a comprar pero realmente le estan mirando su patrimonio personal y su capacidad de pago y avalistas. Ellos antes de soltar un duro se aseguran de que la operacion no tienen ningun riesgo y solo estan "vendiendo" el dinero. Si dispones de bienes para cubrir la hipoteca ya les vale y es como se hacian las operaciones cuando estabamos en la burbuja.

3.- En cuento a amortizaciones, los de Hacienda no son tontos, los impuestos que no paga una parte es porque paga la otra y por eso el comprador siempre va a estar interesado en declarar todo y el vendedor lo minimo posible.  Si el vendedor esta trasmitiendo por un millon una farmacia que le costo medio millon y ya tiene la mitad amortizada le toca pagar el 27 % de 750000 euros grosso modo (el 21 es solo para los primeros 6000, luego 25% si es de 6000 a 24000 y el resto 27 %)  osea una pasta que le permite al comprador amortizar su millon de euros en rentas del trabajo que es bastante siempre que se haga beneficios y ende no puede pagarse mucho por el negocio para al menos aprovecharnos de esta ayuda tributaria.

Venga un saludo a todos y a ver si intercambiandonos informacion nos hacemos un master practico en gestion de farmacia ;-)
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