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¿extras o complementarias?

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superfarmaceutico:
como bien has dicho la jornada laboral son  38.5 horas ,yo no conozco a nadie a quien les paguen las horas extras pero antes de firmar el contrato, hay que dejarlo claro para que te las paguen .Claro que como son pobres no tienen dinero ,estan siempre llorando a lagrimas de sangre porque no tiene para comer son pobes

LAURI SANCHIS:

--- Cita de: gafarma en Lunes, 20 de Junio de 2011, 03:29:27 ---Las complementarias son guardias y no cuentan para el cómputo anual. Van aparte, por eso son complementarias. Todo lo que hagas por encima de las 1762 horas al año que no sean guardias, son horas extras.
--- Citar ---ya que tu ya trabajas 40horas semanales, con lo cual, todo a partir de ahi, es "extra"
--- Fin de la cita ---
No, si el tope por convenio son las 1762 horas, el tope semanal son 38,5 horas. A partir de ahí todo lo demás son horas extras. Que, por cierto, siempre son de carácter voluntario. No te pueden obligar a trabajar más de tu jornada ordinaria. Y estás haciendo 44 horas semanales, es decir, 5,5 horas extra por semana. Una burrada vamos. Sólo de lunes a viernes cumples con tus horas y te pasas.

--- Fin de la cita ---

Pero los refuerzos (que no guardias, sino "refuerzo" que son ampliar la jornada laboral 2 horas, como complemento a la farmacia que está de guardia), tb son complementarias o extras??

gafarma:
Tú misma te contestas creía haberlo dejado bien claro. Los refuerzos son extras, ya que lo único que no son extras son las guardias, que son complementarias, y se pagan como tal, aparte del descanso que conllevan después de una guardia, establecido en el convenio.

LAURI SANCHIS:

--- Cita de: gafarma en Sábado, 25 de Junio de 2011, 17:53:13 ---Tú misma te contestas creía haberlo dejado bien claro. Los refuerzos son extras, ya que lo único que no son extras son las guardias, que son complementarias, y se pagan como tal, aparte del descanso que conllevan después de una guardia, establecido en el convenio.

--- Fin de la cita ---

Gracias!!! Pues es que mi titular dice que no, además ahora no me las quiere pagar, me las quiere cambiar por horas de descanso. Dice que una hora trabajada de guardia/refuerzo equivale a una descanso, y encima he hecho guardias en domingos y festivos!! No me parece justo, pero no sé como discutirlo porque no tengo ningun documento donde pueda demostrarle que no es así.

gafarma:
http://www.fefe.com/XXIII%20Convenio%20Colectivo%2024-01-2011.pdf

Ahí tienes el convenio nacional. En qué provincia trabajas??

Las horas extra según el convenio nacional tienen está equivalencia:

1 hora extra diurna laborable- 1 hora y 45 minutos
diurna festiva (esto incluye los domingos)- 2 horas
nocturna laborable- 2 horas
nocturna festiva- 2 horas y media

Es decir, por cada hora extra de tu jornada habitual, te tiene que dar ese tiempo de descanso extra que dice el convenio. Por ejemplo: curras una semana 40 horas y media, de las que 2 horas son extras que has hecho el sábado, ya que es el día en el que has llegado a tu tope semanal que son las 38,5 horas que te he comentado, y luego has seguido trabajando 2 horas más, que se consideran extras. Como es laborable, cada extra se cambia por una hora y 45 minutos. La semana siguiente, o cuando tú y tu jefe acordéis, tienes derecho a trabajar 3 horas y media menos de tu jornada semanal, que son 38,5, no 40 como pone en todos los contratos. Es decir trabajarías sólo 35 horas.

Pregunta: eres fija??

Consejo: vete a tu colegio y que te den el convenio y con el mismo en la mano hablas con tu jefe. Si no estás de acuerdo con la remuneración que te da por las horas extras, ya sea en dinero o en horas libres, no las hagas. O acepta cambiar una extra por una libre, que es lo que hace la mayoría de trabajadores, eso sí, si la extra es en domingo que te la pague como extra o te dé dos horas libres por cada hora trabajada, si no no las hagas.

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