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FIN DE CONTRATO, TENGO QUE AVISAR PARA NO RENOVAR??
miembro:
--- Cita de: LINIMENTO en Viernes, 12 de Febrero de 2010, 19:42:34 ---
--- Cita de: jmsfarmacia en Domingo, 07 de Febrero de 2010, 13:29:21 ---Buenas!!
Mi duda es la siguiente:
Me hicieron contrato de adjunto en una farmacia por seis meses. El contrato se me cumple el 28 de febrero y yo no quiero que me renueven el contrato. Tengo que avisar a la empresa que no quiero renovar o no estoy obligado a ello? He oido que hasta tendría que avisar mediante un escrito.
Sabeis como funciona esto??
--- Fin de la cita ---
Con un contrato temporal de menos de un año no existe obligación de avisar, ni por parte de la empresa, ni por parte del trabajador.
--- Fin de la cita ---
lo sabes seguro??
en un anexo de mi contrato pone que debo avisar con 15 dias. Mi contrato es de 6 meses y me acaba en 3 semanas.... y estoy igual que el que creó el post.
Pero no se si lo del anexo es ilegal aunque lo haya firmado, es decir, no se si realmente debo avisar los 15 dias......
Vitamina:
No es obligatorio, como ya te han dicho, que avises. En cualquier desconozco no he leído el anexo. De todas formas, para no quedar mal, puesto que no sabes si tienen intención de hacerte indefinido, yo de ti se lo diría con naturalidad y te quitas un peso de encima. No tienes que quedar mal pudiendo quedar bien. A lo mejor tu jefe/a piensa que vas a seguir (aunque también tendría que haberte dicho algo a estas alturas) y no ha buscado a nadie. Díselo!
Un saludo.
LINIMENTO:
--- Cita de: miembro en Domingo, 07 de Marzo de 2010, 23:55:58 ---
--- Cita de: LINIMENTO en Viernes, 12 de Febrero de 2010, 19:42:34 ---
Con un contrato temporal de menos de un año no existe obligación de avisar, ni por parte de la empresa, ni por parte del trabajador.
--- Fin de la cita ---
lo sabes seguro??
en un anexo de mi contrato pone que debo avisar con 15 dias. Mi contrato es de 6 meses y me acaba en 3 semanas.... y estoy igual que el que creó el post.
Pero no se si lo del anexo es ilegal aunque lo haya firmado, es decir, no se si realmente debo avisar los 15 dias......
--- Fin de la cita ---
Lo que indica la legislación referida a la extinción de un contrato temporal, (por obra y servicio, o por circunstancias de la producción): Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. (E. Trabajadores: Art. 49.1.c y R. D. 2720/1998: Art. 8.3).
Por otro lado si en tu contrato hay una cláusula que te indica un periodo de preaviso para no prorrogarlo, tiene validez y debes acatarla.
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