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Lau:
Buenas! Alguien sabe decirme que funciones,  o donde encontrar, que puede hacer LEGALMENTE cada uno? Es decir... sólo el titular puede firmar y diligenciar recetas? Puede el adjunto o tecnico? Sellar, facturar...

En alicante, principalmente...

Ya he visto la legislacion pero es muy general y no encuentro nada que diga hasta donde puede legalmente hacer cada uno... y cada fcia hace lo que quiere...

Vitamina:

 El adjunto sí puede firmar recetas. Siempre que sea un farmacéutico..yo creo que da lo mismo quien lo haga (titular, adjunto, sustituto..eso me dijeron a mí en el colegio), al menos nosotros lo hacemos así. Un técnico firmar como que no. En cuanto a sellar y poner fechas..eso lo puede hacer cualquiera, otra cosa es firmar. Con la receta electrónica la cosa cambia.

 En cuanto a la facturación convencional, lo mismo da, porque solo es rellenar los documentos.

 Saludos.

 

Lau:
Es que me comentó mi jefa que hace un par de años dijeron que sólo el titular (o sustituto) podía firmar las recetas... y entonces ya me quedé loca con hasta dónde es legal que haga cada uno... ya contaba con que las debía firmar un farmacéutico... lo que no tengo claro es lo de adjunto o titular... y tampoco si las tareas administrativas las puede hacer el técnico legalmente (más que por la complicación que ello suponga).

Julia:
Yo no tengo muy claro quien puede firmar las recetas. Yo firmé cuando fuí sustituta pero no cuando era adjunta, tambien eran distintas farmacias y los jefes no tenían nada que ver. Solo sé que para poder firmar tienes que ir a inspección para hacer el reconocimiento de tu firma (aunque creo que esto es solo para firmar los vales de estupefacientes). Es todo un lío.  Mas que ayudar creo que enredo más las cosas.
Un saludo!

arzhak:
Depende del jefe que tengas. En mi farmacia la adjunta el quien sella y diligencia las recetas, pero el jefe le gusta firmar. Sin embargo estuve en otra farmacia muy grande (24 H) con muchas adjuntas y todas firmabas sus recetas igual, haciento un "churrito". Luego había otra responsable de revisarlas todas. Pero en general solo pueden firmar adjuntos, sustitutos y titulares.

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