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jornada laboral semanal ayuda urgente
FMT:
Gracias linimento, he estado hablando, mañana viene la asesora a la farmacia para firmar y al final:
1º/Jornada laboral de 40h, las 4 que sobran me las da por 1 sábado libre al mes, pero aún así supero las 1762 h /año del convenio, por lo que mañana hablare de nuevo para conseguir una mañana o tarde más al mes, que sería lo que me correspondería más o menos para ajustar las horas, no??
2º/ Lo de los 10 minutos al final no he comentado nada, realmente nunca llego a 9.20h, asi que si en el contrato no refleja nada al respecto mi jornada es la que es llego unos minutos antes y punto
3º/ Las vacaciones, tengo 15 días, por trabajar desde agosto hasta diciembre (5 meses), y ya en enero comienza el año normal con mi mes correspondiente. Pero hay una cosa que no me gusta, me tengo que coger las vacaciones entre los meses de octubre hasta febrero-marzo, porque en verano hay muchisima gente y en diciembre también, así que no se que hacer, porque dice que va ha ponerlo en el contrato, que hago?? He leido en el convenio que las vacaciones se deben de disfrutar entre los meses de mayo hasta octubre, y que si no se puede disfrutar en ese periodo entonces los 30 días se ampliaran en 5 más, lo he entendido bien??
4º/ Le he dicho que si firmo el contrato indefinido las condiciones no serán inamovibles, dice que por supuesto que no, que intentaremos mejorar en condiciones de horario, descanso y sueldo, pero poco a poco.
por últimimo que están muy contentos conmigo, y todo eso
¿que opinaís??? saludos
LINIMENTO:
1º/Jornada laboral de 40h, las 4 que sobran me las da por 1 sábado libre al mes, pero aún así supero las 1762 h /año del convenio, por lo que mañana hablare de nuevo para conseguir una mañana o tarde más al mes, que sería lo que me correspondería más o menos para ajustar las horas, no??
RECOMENDACIÓN:
Tomar un calendario, apuntar las horas que se han trabajado o se presupone que se van a trabajar día tras día, sumarlas todas, y como van a sobrar hay 2 opciones: días libres para que no se superen esas 1762 horas/año, o bien, las horas que superen esa cifra, se abonaran como extraordinarias.
Esto se puede poner como cláusula en el contrato,
2º/ Lo de los 10 minutos al final no he comentado nada, realmente nunca llego a 9.20h, asi que si en el contrato no refleja nada al respecto mi jornada es la que es llego unos minutos antes y punto
Sin comentarios.
3º/ Las vacaciones, tengo 15 días, por trabajar desde agosto hasta diciembre (5 meses), y ya en enero comienza el año normal con mi mes correspondiente. Pero hay una cosa que no me gusta, me tengo que coger las vacaciones entre los meses de octubre hasta febrero-marzo, porque en verano hay muchisima gente y en diciembre también, así que no se que hacer, porque dice que va ha ponerlo en el contrato, que hago?? He leido en el convenio que las vacaciones se deben de disfrutar entre los meses de mayo hasta octubre, y que si no se puede disfrutar en ese periodo entonces los 30 días se ampliaran en 5 más, lo he entendido bien??
Dos cosas:
Este año, te corresponden 13 días de vacaciones, (por los 5 meses), que has de coger antes de que acabe el año, y dado que deberías de conocer cuando vas a tener vacaciones con 2 meses de antelación, y estamos a final de octubre, eso significa que este año la empresa no puede decidir arbitrariamente cuando vas a coger las vacaciones, tú puede elegir los días.
El año que viene, si no te dejan coger los días de vacaciones entre mayo y octubre, tendrás 5 días de más, si lo quieren especificar en el contrato, que especifiquen que por convenio tienes derecho a 5 días de más, que no serán eliminados por fraccionamiento de vacaciones, (la empresa puede optar por no especificar nada en el contrato, y el año que viene escogereis las vacaciones por mutuo acuerdo).
4º/ Le he dicho que si firmo el contrato indefinido las condiciones no serán inamovibles, dice que por supuesto que no, que intentaremos mejorar en condiciones de horario, descanso y sueldo, pero poco a poco.
RECOMENDACIÓN:
Mira sobre eso de que más adelante hablaremos de mejorar las condiciones, soy escéptico, te hago una recomendación que considero fundamental: en el contrato incluye esta cláusula: el preaviso de cese por parte del trabajador será de 30 días, (o menos si lo prefieres), si firmas el contrato sin esa cláusula te quedas atrapada durante 3 meses sin poder dejar la empresa, o te descuentan dinero del finiquito.
FMT:
Hola, os cuento como quedó todo. Después de una intensa y mal educadada negociación.
1) Se me ofrece contrato indefinido de 40 horas semanales, periodo de prueba 2 meses, de adjunta y un sábado al mes libre. Con respecto a vacaciones podía disfrutarlas durante los meses de noviembre, diciembre, enero, y febrero. ok?? Ante esto y con mucha educación comenté que aún así sobraban horas, y sus cálculos eran:
11meses trabajados x 4 semanas que tiene el mes = 44 semanas
44semanas x 40horas semanales = 1760horas, clavado
faltan hasta 52semanas que tiene el año 8, si quitas vacaciones quedarían 4,
así que tendríamos que tener una tarde o mañana de sábado más al mes. Montó en cólera y sus palabras fueron desde no hace falta que vengais el martes, yo abro con vosotras o sin, hasta que el contrato eran lentejas y bla bla bla, también comentarios a la mujer del tipo "que te comen", pero vamos que todavía por el canivalismo no me ha dao. No os procupeis. Me comentó que si yo tenía comisiones, que ellos trabajaban 10-11 horas, etc y siempre muy pausadamente y con mucha educación intenté hacer razonar, (encima), diciendo que había caminado a su lado sacando todo el trabajo adelante, que estoy dispuesta a seguir currando pero que se tengan en cuenta mis necesidades y derechos, que no estaba exigiendo algo extraordinario, simplemente lo que me corresponde, que ya tendremos tiempo de pedir y exigir. Que el tema de comisiones es algo que él lo había decidido así y que yo no había pedido nada. Que tranquilamente podíamos llegar a un acuerdo y así todos estar contentos con vacaciones, horario, etc.
Al final después de "hablar" quedó todo bien, si, si, hay disposición por parte de todos, a ver como hacemos. Dos besos buen finde.
2) EL OTRO CONTRATO:el definitivo: Adjunta, indefinido, pero periodo de prueba ahora 3 meses (1mes más), con 38 horas semanales, dos tardes libres, (siempre las mismas) me quitaron los sábados (y me han jodido bastante porque saben de sobra que mi novio es de fuera y lo veo sábados por la tarde y domingos, p***da), excepcionalmente podré disfrutar de 1 sábado en lugar de una tarde, si tengo una boda, o algo así). Le pregunta mi compañera si esas tardes en lugar de cogerlas libres las trabaja, y dice que sabe si se podrá, según la economía, que esas horas las tendría que pagar a... (ahora si interesa dar libres, verdad??) Un día de asuntos propios al año. Vacaciones en mayo y/u octubr, 15 días y 15 o el mes entero, etc, negociable. Por los meses trabajados anteriormente (agosto, septiembre, octubre) 7.5 días de vaciones para cogerlas ya, de inmediato en noviembre. Las comisiones me las ha retirado. Creo que ya está.
Así que por un lado contenta porque por lo menos se ha tenido que sentar a leer el convenio, pero por otro desilusionada por las formas, había muy buen rollo entre nosotros y en el momento en el que he abierto la boca, ya no está todo tan bien. Me ha fastidiado los sábados. Ahora quieren llevar el convenio al pie de la letra, por mí perfecto. Él aún no se ha dirigido a mi para nada del contrato, ha sido su mujer, previamente informada por su marido. Lo que si me dejó es una nota para que mañana le tuviera lista la facturación a las 10.30h, gracias.
Y yo tonta de mí me quedo media hora más para acabarla.
Pero una pregunta, con el convenio en la mano, podría disfrutar de esos 7.5 días en otro momento, que no sea noviembre? Es que ahora no me interesa porque no coincido con mi novio y es un poco p***da.
un saludo y muchas gracias por vuestra ayuda, me ha servido de mucho.
LINIMENTO:
Dos comentarios sobre lo dicho por tus jefes:
1- Un mes, no tiene 4 semanas, sino 4.2857, (30/7), que multiplicando por 11 salen 47.1428 semanas.
2-Ellos trabajaban 10-11 horas, porque les interesa, (además con el agravante de soslayar el decreto de horarios de apertura).
Otros detalles que te pueden resultar de interés:
Respecto al periodo de prueba:
En el primer mensaje comentaste: “Comencé a trabajar este verano en una farmacia de nueva apertura, con contrato según convenio, de farmacéutica (no en prácticas, que acabe en marzo) y por tres meses, Ahora se cumple y me renuevan como indefinida y además de adjunta”.
Si el trabajador ya ha desempeñado con anterioridad, (en la misma empresa), las mismas funciones para las que se le contrata nuevamente, se entenderá suprimido el periodo de prueba. (E. Trabajadores Art. 14.1).
Resumiendo, no te puede poner ningún periodo de prueba, esa cláusula no tiene validez, (lo bueno es que no te puede despedir de un día para otro en esos 3 meses alegando no superar el periodo de prueba). Si lo hiciera, recurres y el despido es nulo. Por supuesto, el resto del contrato sí es válido. (Estatuto de los Trabajadores: Artículo 9. Validez del contrato: Pto1. Si resultase nula sólo una parte del contrato de trabajo, éste permanecerá válido en lo restante, y se entenderá completado con los preceptos jurídicos adecuados conforme a lo dispuesto en el número uno del artículo tercero de esta Ley). El inconveniente de esto, es que tú tampoco puedes irte alegando que estás en periodo de prueba
Respecto a las vacaciones:
Has trabajado, agosto, septiembre y octubre, 3 meses son 7.5 días de vacaciones, pero también vas a trabajar noviembre y diciembre, lo que hacen 5 días más de vacaciones, (te corresponden 12.5 días, no 7.5).
El “calendario de vacaciones” debe fijarse por la empresa de forma que el trabajador pueda conocer con, al menos, 2 meses de antelación al disfrute de las mismas, qué periodo le ha correspondido. (E. Trabajadores: Art. 38.3). Si el trabajador no está conforme con éste, podrá acudir a los Juzgados y formular las alegaciones que estime convenientes, fijándose la fecha o fechas de disfrute, en sentencia no recurrible y en procedimiento sumario y preferente. (E. Trabajadores: Art. 38.2).
Esto es, en la práctica no te puede obligar a tomarte las vacaciones en noviembre, pues tú alegas y el juez te va a dar la razón porque no hay 2 meses entre el conocimiento y el disfrute de las vacaciones.
Como ves son algunos detalles, que casualmente no aparecen en el convenio, pero han de cumplirse.
pelotazo:
vaya vaya, por lo visto ha querido protegerse con ese periodo de prueba, sin tener ni idea... me pregunto si no está seguro de ofrecerte el contrato como indefinido, por qué lo hace. Te ofrece 3 ó 6 meses, valora y después indefinido. Vamos, pienso yo!
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