Horas libres por convenio.

Horas libres por convenio.
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14 Aug 09, 17:47
Viernes, 14 de Agosto de 2009, 17:47:31
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Hola,buenas tardes,acabo de descubrir este magnifico foro,y queria preguntaros,pues yo despues de casi 20 años de trabajo (  Auxiliar) desde hace 6 meses disfruto de una tarde libre a la semana ,segun me dicen por convenio.
Hace poco,tuve ocasión de hablar con otro auxiliar muy poco tiempo,y me dijo que el ya disfrutaba ese "permiso" desde hace años.Así ,que no se si se equivoca,o es cierto,mi horario de trabajo es de 9.30 de la mañana hasta las 2 de la tarde y de 5.30 a 8.30 de lunes a Viernes,los Sabados de 9.30 de la mañana a 2 de la tarde,aparte claro,guardias diurnas y nocturnas.No encuentro ningun enlace del ultimo convenio,pues segun me dijeron el de fecha publlicado el 10 de Julio del 2008,se anuló por sentencia,pero no se si eso es cierto o no,( me lo dijeron el el SAE) .Alguien me puede informar al respecto?en cuanto al sueldo,todos mis amigos se asombran de que con 20 años de trabajo a mis espaldas,mi sueldo base sea de 930€ es el correcto? no se donde acudir al no haber asociacion de auxiliares,a no ser que me dirija a un sindicato,saludos y gracias de antemano por vuestras respuestas.
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14 Aug 09, 21:46
Viernes, 14 de Agosto de 2009, 21:46:55
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 Hola!

 Â¿En qué provincia trabajas?
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17 Aug 09, 13:17
Lunes, 17 de Agosto de 2009, 13:17:59
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Hola,buenas tardes,acabo de descubrir este magnifico foro,y queria preguntaros,pues yo despues de casi 20 años de trabajo (  Auxiliar) desde hace 6 meses disfruto de una tarde libre a la semana ,segun me dicen por convenio.
Hace poco,tuve ocasión de hablar con otro auxiliar muy poco tiempo,y me dijo que el ya disfrutaba ese "permiso" desde hace años.Así ,que no se si se equivoca,o es cierto,mi horario de trabajo es de 9.30 de la mañana hasta las 2 de la tarde y de 5.30 a 8.30 de lunes a Viernes,los Sabados de 9.30 de la mañana a 2 de la tarde,aparte claro,guardias diurnas y nocturnas.No encuentro ningun enlace del ultimo convenio,pues segun me dijeron el de fecha publlicado el 10 de Julio del 2008,se anuló por sentencia,pero no se si eso es cierto o no,( me lo dijeron el el SAE) .Alguien me puede informar al respecto?en cuanto al sueldo,todos mis amigos se asombran de que con 20 años de trabajo a mis espaldas,mi sueldo base sea de 930€ es el correcto? no se donde acudir al no haber asociacion de auxiliares,a no ser que me dirija a un sindicato,saludos y gracias de antemano por vuestras respuestas.

Para darte una repuesta concreta, preciso saber si trabajas en alguna de estas provincias, que tienen convenio propio: Asturias, Alicante, Barcelona, Güipuzcoa o Vizcaya.

En caso contrario te remitiré al convenio Nacional.
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27 Aug 09, 16:53
Jueves, 27 de Agosto de 2009, 16:53:50
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Hola,disculpad,no me llegaron los mensajes al correo,trabajo en Andalucia,gracias.
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28 Aug 09, 10:44
Viernes, 28 de Agosto de 2009, 10:44:37
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Sobre el Nº de HORAS: A nivel Estatal, el Convenio 2007/2010, (Art. 29.1), indica que serán 1770 horas anuales para los años 2007 y 2008, y 1762 h/año para los años 2009 y 2010. El convenio anterior 2003/2006, (Art. 12), indicaba que eran 1770 horas/año.

Además, la jornada debe respetar estos límites:

· No puede ser superior a 9 horas diarias, (salvo acuerdo en convenio o pacto empresa-trabajadores). Entre una jornada y la siguiente debe haber 12 horas de descanso como mínimo. (E. Trabajadores: Art. 34.3)
· No puede ser superior a 40 horas semanales de promedio al año. Esto supone que, por pacto entre las partes o por convenio, puede establecerse una duración de la jornada laboral inferior pero nunca superior a las 40 horas semanales. (E. Trabajadores: Art. 34.1)
· Puede ser distribuida de forma irregular a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal. (E. Trabajadores: Art. 34.2)
· Los menores de 18 años no podrán realizar más de 8 horas diarias de trabajo efectivo, incluyendo en su caso el tiempo destinado a formación. (E. Trabajadores: Art. 34.3)

En tu caso concreto, si descansas una tarde a la semana, haras un promedio de 39 horas a la semana, que a lo largo del año supone trabajar unas 1760-1770 horas, (dependiendo de si en la vacaciones te cae algun festivo, si te tomas el día de asuntos propios,...).

Concluyendo, debes tener una tarde libre a la semana, para hacer el nº de horas anuales indicado en el convenio; Por otro lado,  si has empezado a tener esa tarde libre a lo largo de este año, te sugiero que cojas un calendario y empieces a sumar las horas que has hecho y/o preveas hacer hasta el final del año, si te salen más de 1762, que te compense las horas de más, en dinero o en días libres.
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31 Aug 09, 15:26
Lunes, 31 de Agosto de 2009, 15:26:14
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OK Linimento,tu respuesta no puede ser mas precisa y buena,el caso es que algo asi he comentado y  no creo que me den ese dinero de mas o dias de mas pues en dos meses cambia de dueño la Farmacia,así que solo cabe reclamar judicialmente el año anterior ( segun parace solo se puede reclamar el ultimo año que hice esas tardes de mas sin que me lo comunicaran,gracias.
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