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Inspecciones de Hacienda sobre los traspasos
legal:
Veamos flexomatico , intentare explicarlo tal y como yo lo veo.
Si conoces la formula que hacienda aplica sabras que si la aplicas y hay diferencias el resto se va a existencias y te aseguro que las cuentan, y como las tienes en el programa simplemente las pasan a un pen y ya te avisaran ,asi que hecha la ley hecha la trampa, de eso nada, es insignificante la diferencia si se escapa, ademas solicitan a las distribuidoras tus compras y tu ni te enteras.
por cierto las existencia se pagan de manera independiente del valor de la farmacia y tambien se ponen en la escritura
Desde luego si los bancos aceptan un pantallazo , para dar un prestamo de este calibre dime que bancos son, mañana les preparo 500 pantallazos en serio les vale una declaracion jurada???
Aunque conozco algunos directores de entidades , que les hablas del fondo de comercio y te dicen CUALO?
¿Como dices que les vale un pantallazo del curso anterior (no te piden mas cursos anteriores????? )y no sabes si necesitas algo mas de datos para firmar...................................................
Con lo del incremento patrimonial que dices, me remito a tu comentario anterior, "que el principal beneficiado es el vendedor..........................................
Intentare explicarlo para que se tenga en cuenta El incremento patrimonial es la diferencia entre lo que le costo la farmacia al vendedor y por lo que la vende, eso tributa al 21%
Solo es como veo las cosas.
Sobre lo que comento en el tercer apartado de este post lo dire mas claro la M con la O MO la T con la O TO y todo junto AMOTO
saludos
flexomatico:
A ver Legal, te lo voy a explicar "como yo lo veo" (y creo que como es).
Desconozco el modus operandi que se debe seguir para tener una facturación mayor a la declarada, pero sin haberme visto en situación y solo contando con la teoría, se me ocurren muchas maneras de crear estas diferencias (bonificaciones, pedidos a laboratorios de menos de 3000€ anuales que no hay que declarar, devoluciones a proveedor...). Con lo de las existencias estoy de acuerdo.
Ya te he dicho que desconozco qué requisitos piden a término, pero para estudiar la viabilidad te puedo decir 2 entidades que aceptan estos pantallazos con declaración jurada. Prepárales 500 pantallazos y así te quedas agusto. Esto lo digo basado en mi experiencia, que llega hasta donde llega, y es a tener un OK pre-paso por riesgos del banco (si pudiera detallarte todos estos puntos implicaría que ya he comprado farmacia... y no es el caso lamentablemente). Piden los IRPF, 130 y 347 de los 2-3 cursos anteriores, tus nóminas... pero para calcular el importe a hipotecar usan las ventas del año anterior... SI, solo las del curso anterior. Si dudas llama y pregunta.
Lo del incremento patrimonial, desde mis cortos conocimientos creo que te equivocas. Esa diferencia se tiene en cuenta si la persona no ha amortizado lo que pagó por el fondo de comercio de la farmacia (y dudo que alguien no haya amortizado nada o solo una parte, pues implica exenciones tributarias muy interesantes y que hacen que una persona que se hipoteca para adquirir una farmacia tenga números positivos). Si ha amortizado TODO lo amortizable de ese fondo de comercio el vendedor tributa el 21% de TODO el fondo de comercio, es decir, de todo lo que ingresa... por eso el único beneficiado es el vendedor al meter una parte de la operación en B. El vendedor tributa menos (paga menos) y el comprador se ve perjudicado pues puede amortizar menos importe, pues lo que se paga en B no consta en la escritura ni en la hipoteca y no se puede hacer constar en el IRPF.
Lo de la "AMOTO" no lo entiendo (he de decir que me ha costado bastante entender tu mensaje). Las "amotos" nos las venden los intermediarios, y los vendedores que piensan que tienen una mina de oro, cuando lo que tienen a día de hoy es un negocio amenazado que requiere mucho trabajo y dedicación que muchos de los que han vivido épocas mejores no están dispuestos a dedicarles y piden precios en función de lo que vivieron y no de lo que viven.
A ver con qué me sorprendes ahora...
farmaceuticoempresario:
flexomatico.... El primer farmaceutico que coge la calculadora antes de comprar la farmacia... hurra!!! :-)
flexomatico:
FE. Me ofrezco voluntario para que me incluyas en alguno de tus negocios!
legal:
Antes de comenzar , flexomatico te dire que la prudencia no es una de tus virtudes.
No pienso sorprenderte con nada , solo intento explicar cosas que desconoces
En primer lugar doy fe de tu desconocimiento de los temas que planteas,
1.- Dices: literal " contando con la teoria ,se me ocurren muchas maneras de crear esas diferencias, pedidos a laboratorios de menos de 3000 € QUE NO HAY QUE DECLARAR"
la verdad es que me cuesta explicar esto, pero ahi va ¿ Como que los pedidos a laboratorios de menos de 3000 E no se declaran, en todo caso no se incluyen en el modelo 347, pero como no se van a declarar si son un gasto, (Sin mas comentarios)
2.- no tengo que llamar, para decirte que estas equivocado, y efectyivamente veo que no has pasado de los pantallazos. Tu mismo te contestas cuando dices pre paso por riesgos, si haces eso , solo pierde el tiempo el del banco y tu , ya que el director no pasara a Riesgos los pantallazos, (por la cuenta que le trae)
3.-Lo del incremento patrimonial, no tiene desperdicio, tu mismo te has liado, segun tu definicion"
es literal " Si el vendedor ha amortizado todo lo amortizable de ese fondo de comercio, el vendedor tributa el 21 % de todo el fondo de conmercio, es decir de todo lo que ingresa"" ( Lo dicho )
Como veo que no entiendes lo de Amoto, te lo dire mas claro "Blanco y en Botella"
cuando digo que piden el contrato privado de compraventa, pues la escritura ya la tienen............
(Lo pillas) Estamos hablando de Hacienda , no de si los vendedores son así o asao
Solo decir para terminar, que siempre intento ayudar, y por eso planteo un tema , que seguro dominas y es el siguiente. He comprado una farmacia hace 5 años y estoy amortizando la inversion, pero me ha salido un comprador, y al final decido vender la farmacia
¿ Que pasa con lo que resta de amortización?
¿ Que ocurre con lo que ya he amortizado?
saludos
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