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Inspecciones de Hacienda sobre los traspasos

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flexomatico:
A ver Legal... que veo que te gustan mucho los deberes. Yo no soy del grupo de "yo sé más que tú"... y cualquier aclaración que me hagas  será bienvenida. Lo único que digo es:

1.- Vale que los pedidos que se hacen a laboratorio de menos de 3000€ se declaran como gasto, pero el hecho de que no se reflejen detalladamente en el 347 da lugar a que te puedan "bailar los números". Pero te lo acepto, no se puede con estos pedidos. ¿Qué me dices de aquellas cosas que omites en tu mensaje?¿Bonificaciones?¿Devoluciones a proveedor?Te diré que yo no lo hago y no sé si lo haré... pero que se puede hacer te lo garantizo viendo que en el 70% de farmacias que he visto lo hacen (y no he visto 2 o 3).

2.- En algunos de los bancos visitados lo aceptan... y los mediadores apoyan esta práctica pues ha habido algún caso en el que el plan de viabilidad según mi estructura financiera solo salía teniendo en cuenta los datos de los famosos pantallazos. Pero si tú dices que al llegar a riesgos no vale... TE CREO. Si algún dia llego a termino te llamo y te cuento lo que ha pasado.

3.- Con lo que ya no trago es con lo de la amortización. Si lees detenidamente lo que he escrito (aunque reconozco que aparecen mucho "fondo de comercio" y varias variantes de "amortizar") tiene todo el sentido. Me explico. Si tu compras un fondo de comercio HOY por un millón de euros y lo vendes mañana por un millón de euros tu incremento patrimonial es CERO. Tendrás tributos derivados de la operación y demás, pero no habrá incremento patrimonial. En la misma situación, si pasados 12 años (suponiendo una amortización acelerada del 7'5%), tras haber amortizado todo lo correspondiente al millón de euros que costó el fondo de comercio, la vendes por un millón de euros... tu incremento patrimonial será de un millón de euros... y te tocará "chinchar" 210.000€ a la agencia tributaria (que dicen que somos todos).
Estamos de acuerdo? Así que cógete los dos extremos y te resuelves tú mismo el ejercicio que me has puesto de tarea.

 Lo del contrato de compraventa privado supongo que se podrá "apañar". Yo no he comprado nunca una farmacia pero he comprado algún que otro vehículo, y al menos hasta hace unos años, para pagar menos en hacienda se hacían 3 contratos. 2 iguales para comprador y vendedor con los datos reales, y uno con un precio más bajo para presentarlo en hacienda y que el valor fiscal del vehículo fuese el menor posible (pagando menos impuesto de transmisión de patrimonio). Ni hacienda ni perry te puede decir que no vale un  precio siempre que no sea una cosa irrisoria... aunque desconozco si el "apaño" en el mundillo de las farmacias se haría así o asao, seguro que hay manera (aunque, REPITO, el único beneficiado es el vendedor en este caso)

Un saludito.

legal:
Para terminar este asunto.
Con lo de los contratos , veo que sigues sin pillarlo,
Te contesto con lo de las bonificaciones y devoluciones , Se aplican como menos compras.logicamente.  Los números no bailan si sabes lo que mirar, y preguntar
Con lo del incremento , en casos de farmacia no puedes comprar hoy por un millon y vender mañana por lo mismo, sencillamente no se puede.  Por cierto con el ejemplo que has puesto no,no puedo estar de acuerdo, miralo bien..
El tema de los deberes , no es para que los resuelvas , es un planteamiento que suele darse, y que poca gente cae en ello.

Y eso que solo escribí tres renglones , sobre lo que pide hacienda,
Yo no soy del grupo se mas que tu, si algo es erróneo lo digo, pero si a quien lo ha dicho le sientan mal las correcciones...................Por cierto me has dado la razon casi en todo.

saludos
 

flexomatico:
A ver Legal, yo no me pico por nada. No me molesta nada de lo que has dicho, y si así ha sido te invito a una caña y lo arreglamos. Pero es que no me aclaras nada. Eres impreciso. Mira, uso el sistema de citas que te gusta:

 - "Con lo de los contratos , veo que sigues sin pillarlo"... explicamelo como para que hasta yo lo entienda.
-  "Te contesto con lo de las bonificaciones y devoluciones , Se aplican como menos compras.logicamente.  Los números no bailan si sabes lo que mirar, y preguntar". ¿Qué preguntan y qué miran? Y si es tan fácil pillarlo, ¿Cómo es que no pillan a ninguno de estos que te digo que les he visto los números?
- "Con lo del incremento , en casos de farmacia no puedes comprar hoy por un millon y vender mañana por lo mismo, sencillamente no se puede.  Por cierto con el ejemplo que has puesto no,no puedo estar de acuerdo, miralo bien..". ¿Por qué en caso de una farmacia no puedes comprar hoy y vender mañana? Aunque yo no he dicho si se puede o no, simplemente he dicho que en ese ejemplo no se habría amortizado nada. Ponte que vendes en lugar de un día para otro en los mismos 10 años, que el ejemplo me vale igual. Y no sé donde tengo que mirar bien... Explicamelo.

Al igual que tú, si yo veo que no tienes razón lo digo, y no me enfado aunque te lo haya parecido... lo único que no me estás siendo didáctico. Yo lo estoy intentando (procuro escribir lo que sé, o creo que sé de manera organizada).

Un saludo!

babyhaler:
Que nervioso estás legal!!! suerte con la venta de la farmacia.

farmaceuticoempresario:
Creo que tanto Legal como flexomatico os confundis:

1.- con respecto a las compras por debajo de 3000 euros al no declararse en el 347 se pueden esconder mas facil de la contabilidad  y asi evitar la cuota tributaria. Tened en cuenta que mas que las zetas de las cajas Hacienda mira las compras y si compras menos de 3000 euros "sin factura" a un proveedor ni tu ni la otra parte lo va a declarar a Hacienda. Es un truco muy manido del sector a final del año fiscal.

2.- con respecto a lo que mira el banco, repetiros que el banco en el fondo no mira nada ni negro ni blanco solo capacidad de pago y patrimonio personal. Mucha gente se confunde porque piensa que le estan mirando las cifras del negocio que va a comprar pero realmente le estan mirando su patrimonio personal y su capacidad de pago y avalistas. Ellos antes de soltar un duro se aseguran de que la operacion no tienen ningun riesgo y solo estan "vendiendo" el dinero. Si dispones de bienes para cubrir la hipoteca ya les vale y es como se hacian las operaciones cuando estabamos en la burbuja.

3.- En cuento a amortizaciones, los de Hacienda no son tontos, los impuestos que no paga una parte es porque paga la otra y por eso el comprador siempre va a estar interesado en declarar todo y el vendedor lo minimo posible.  Si el vendedor esta trasmitiendo por un millon una farmacia que le costo medio millon y ya tiene la mitad amortizada le toca pagar el 27 % de 750000 euros grosso modo (el 21 es solo para los primeros 6000, luego 25% si es de 6000 a 24000 y el resto 27 %)  osea una pasta que le permite al comprador amortizar su millon de euros en rentas del trabajo que es bastante siempre que se haga beneficios y ende no puede pagarse mucho por el negocio para al menos aprovecharnos de esta ayuda tributaria.

Venga un saludo a todos y a ver si intercambiandonos informacion nos hacemos un master practico en gestion de farmacia ;-)

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